• Hermosillo, Sonora, México a     |  Año 29 No. 11    

SCJN avala Fondo Bienestar

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Nota publicada: 2026-08-17

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió respaldar la validez constitucional del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Este mecanismo faculta al Gobierno federal para transferir a dicho fondo los recursos acumulados en las subcuentas de las AFORE que no hayan sido reclamados por los trabajadores al cumplir 70 años en el caso del IMSS, o 75 años en el del ISSSTE.

De acuerdo con lo destacado por el analista Paco Rentería en su análisis semanal de noticias, el punto central de esta determinación judicial radica en que el máximo tribunal sostuvo que la medida no vulnera el derecho de propiedad de las personas sobre sus ahorros. Según la resolución de la SCJN, los titulares de las cuentas o sus beneficiarios legales conservan en todo momento la facultad de solicitar y reclamar la devolución de sus fondos, sin importar el tiempo transcurrido desde la transferencia.

La modificación sustancial estriba en el ente responsable de la administración de estos capitales no reclamados. Bajo el nuevo esquema, las autoridades gubernamentales quedan obligadas a constituir y mantener una reserva financiera con liquidez suficiente para garantizar el pago oportuno en caso de que los ahorradores acudan a exigir sus recursos. Asimismo, se establecieron lineamientos para asegurar la transparencia en el manejo de este fideicomiso público.

A pesar del marco legal establecido y de las garantías de devolución prometidas por las autoridades, la decisión mantiene abierto un debate sobre la confianza ciudadana hacia la gestión estatal de estos activos y la efectividad operativa con la que se atenderán las futuras reclamaciones de los trabajadores.

Fuente: 

Paco Montoya  finanzasycafe.com 

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