Nota publicada: 2026-04-21
Madrid. Las víctimas de los Testigos de Jehová tienen derecho a calificar a la organización de "secta destructiva" sin temor a demandas, consideró la justicia española, en una inusual decisión contra el movimiento evangélico conocido por querellarse contra quienes denuncian sus prácticas.
La Audiencia Provincial de Madrid confirmó el 16 de abril una primera sentencia dictada a favor de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (Aevtj), que consideró que tanto el nombre de la agrupación como sus críticas no dañan el honor del movimiento, según el documento judicial al que tuvo acceso la Afp este martes.
El tribunal confirmó el derecho a criticar y denunciar los mecanismos de control interno de los Testigos de Jehová. La organización no respondió en lo inmediato a la solicitud de la Afp de una reacción.
Llamar a los Testigos de Jehová "secta destructiva"; es decir, que se es "víctima" de la misma y conformar una asociación de víctimas está amparado "por la libertad de expresión", dice la resolución judicial que ratificó un fallo de primera instancia de finales de 2023.
Considerar que pertenecer a los Testigos de Jehová "causa daños a la salud, pone en riesgo la vida de personas o genera víctimas" es parte de dicha libertad, "a pesar de ser todo lo dicho molesto o hiriente", concluyó la Audiencia Provincial.
Movimiento fundado en la década de 1870 en Estados Unidos por Charles Russell, los Testigos de Jehová se consideran los únicos en practicar un cristianismo auténtico, como era en sus orígenes.