• Hermosillo, Sonora, México a 2025-06-20  |  Año 29 No. 11    

Un ciudadano sin fuero


Nota publicada: 2025-06-20

Sin medias tintas.

Omar Alí López Herrera.

 

Un ciudadano sin fuero.

Los hechos son simples y verificables. En el proceso electoral de 2024, las listas de candidaturas sonorenses estaban definidas y cerradas. Todo calculado con la precisión burocrática del oficialismo. Pero de última hora, las listas se modificaron. No para corregir errores técnicos ni omisiones legales, sino para quitar un nombre e incluir otro: el de la esposa de uno de los diputados más poderosos de la Cámara de Diputados.

¿Qué haría una persona con sentido común ante una maniobra tan curiosa? ¿Levantar una ceja? ¿Lanzar una pregunta al aire? Karla María Estrella, ciudadana sin cargo ni partido, se lo preguntó —con ironía, sin injuria—: ¿la inclusión tuvo algo que ver con el vínculo matrimonial de la beneficiaria?

La respuesta no fue un debate democrático, sino la ofensiva de la maquinaria jurídica de lo políticamente correcto. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuya misión es proteger los derechos políticos de todas las personas —no solo de quienes usan tacones o corbatas en curules—, encontró en esa publicación un acto de violencia política en razón de género.

No importó que Karla no tuviera poder, recursos ni plataforma. Tampoco que su crítica fuera puntual, basada en hechos verificables: la alteración de una lista para beneficiar a la esposa del hombre que después presidiría la Cámara. Bastó con que incomodara a alguien con poder.

Este caso no es aislado. En estados como Puebla o Campeche, y en otros países, se observa una tendencia similar: restringir la libertad de expresión bajo el pretexto de proteger a grupos vulnerables.

El argumento jurídico del TEPJF parte de una premisa tan noble como peligrosa: toda expresión que, a su juicio, refuerce estereotipos de género debe ser sancionada. El problema es precisamente ese “a su juicio”. Porque al parecer, cuestionar si alguien llegó a una candidatura por méritos propios o por su relación con un poderoso ya no es crítica política, sino misoginia encubierta.

Y como lo subjetivo ahora se castiga con la severidad de lo objetivo, Karla fue sancionada: disculpas públicas, cursos de sensibilización, lectura supervisada de libros y, la joya de la corona, su inscripción por 18 meses en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política de Género. Todo por publicar una pregunta incómoda.

¿Olvidan los magistrados que la libertad de expresión no se diseñó para proteger lo obvio, sino lo incómodo? La Suprema Corte de Estados Unidos ha dicho que el discurso solo puede restringirse si incita a la violencia. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado que la libertad de expresión protege incluso lo que “ofende, perturba o inquieta”.

La crítica de Karla no iba dirigida a la persona, sino a la circunstancia de su llegada: una lista modificada justo cuando se necesitaba un escaño. A eso se le llama escrutinio democrático.

Lo verdaderamente grave es el precedente. A partir de ahora, cualquier ciudadano que cuestione —aunque lo haga con respeto, con datos o con sarcasmo— puede ser acusado de violencia de género. ¿La consecuencia? Autocensura. Mejor no preguntar si alguien está ahí por méritos o por matrimonio. “No vaya siendo” que un post pese menos que la susceptibilidad de alguien con fuero o poder.

Lo paradójico es que estas resoluciones no protegen a las mujeres; las infantilizan. Les dicen: “no puedes ser criticada si el comentario toca tu condición de mujer”. Es un paternalismo institucional, con la misma lógica que antes excluía a las mujeres del debate público por considerarlas demasiado frágiles para la política.

La democracia no se fortalece blindando a algunos contra la crítica, sino garantizando que todos —hombres o mujeres— puedan ser señalados, evaluados y debatidos. Si un hombre fuera acusado de nepotismo, nadie iniciaría un juicio por violencia política. Pero si es mujer, se convierte en causa legal.

Y por cierto, ¿dónde quedó la idea de que el poder se debe al pueblo?, ¿Ya no se pueden exigir explicaciones cuando una lista se cambia de última hora para favorecer a la cónyuge de un alto funcionario?, ¿Cuándo la ironía se volvió delito de lesa dignidad?

Este episodio no es una lección de género, es un recordatorio de que los mecanismos legales también se usan para proteger intereses particulares disfrazados de conquistas colectivas. No se protege a las mujeres castigando a quien las cuestiona.

Porque sí, el machismo existe, y también hay violencia política real y sistémica contra las mujeres. Pero también hay oportunismo jurídico: el uso del género como blindaje para trayectorias dudosas, y de las instituciones para castigar al que habla claro.

La propuesta es simple: distinguir entre crítica legítima y violencia de género, y proteger el derecho ciudadano al escrutinio sin importar el género de quien detenta el poder. Una democracia que no tolera la crítica sarcástica deja de ser democracia.

La sanción contra Karla María Estrella nos revela mucho del sistema. Si la libertad de expresión depende del tono, del género del aludido o del parentesco del aludido, entonces ya no hablamos de derechos, sino de privilegios. Y una democracia que permite eso se convierte en un teatro del silencio, donde se reprime la crítica y se premia la simulación.

Todo por no incomodar a quienes mandan —y a sus cónyuges.

El futuro de nuestra libertad se decide en casos como este.

La pregunta no es si Karla tenía derecho a cuestionar. La pregunta es si nosotros tendremos derecho a seguir preguntando.

 



más información